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Impuestos: Un inventario fiscal de personas con que fin…
Enviado porcybernie_xxi el Monday, 26 April a las 18:13:42
Contribución de
Tenemos que la
AFIP-DGI esta violando tres principios básicos
en la protección de datos:
1) Principio del mínimo necesario: no recabar más datos que los necesarios para
el cometido.
2) Principio del
cometido expreso: antes de requerir un datos, el requirente debe
declarar
explícitamente para qué lo necesita y cómo lo va a usar.
3) Principio de vigencia temporal: debe asegurarse la destrucción del
dato
cuando este ya no es
necesario para el fin requerido (sea por extinción del propósito o
porque el
titular del dato deja de pertenecer a la categoría para la
cual se lo requiere).
Y si al contribuyente no debe exigírsele mas que
lo estrictamente necesario para cumplir
con su obligación tributaria, lo que en este caso está siendo claramente
violado, que están persiguiento?.
¿Hay tributistas por acá que tengan ganas de comentar?
Nota: Este comentario fue enviado en forma anónima, pero parece interesante reflexionar sobre estas cuestiones.
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